En una decisión judicial contundente, el Juzgado de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N°1 procesó a Aquiles L.F.C. por no cumplir con el acuerdo alimentario establecido tras una relación sentimental. La jueza Dra. Jesica Díaz Marano dictaminó prisión preventiva y embargó sus bienes por $100,000.
En un caso que involucra deberes familiares incumplidos, el Juzgado de Violencia de Género ha tomado medidas importantes contra Aquiles L.F.C., acusado de no cumplir con el acuerdo alimentario establecido en 2015.
La historia comienza con una relación que duró aproximadamente un año, de la cual nació un niño. Tras la culminación de la relación, los padres acordaron una cuota alimentaria de $1200 a través de Mediación Familiar en el Ministerio Público de la Defensa. Esta cuota se actualiza semestralmente según INDEC, pero lamentablemente, el imputado omitió realizar los pagos desde marzo de 2020 hasta septiembre de 2021.
La jueza Dra. Jesica Díaz Marano, a cargo del caso, ha tomado medidas firmes. Además de dictaminar la prisión preventiva, ha ordenado un embargo sobre los bienes del acusado por la suma de $100,000, destinados a responder por pena pecuniaria y costas del proceso. Un paso significativo para hacer frente a la negligencia en el cumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
En palabras de la jueza Marano, «es fundamental garantizar la protección de los derechos de los menores y el cumplimiento de acuerdos establecidos para asegurar su bienestar». Esta decisión busca no solo hacer justicia en este caso particular, sino también enviar un mensaje claro sobre la importancia del cumplimiento de las responsabilidades familiares.
La resolución del caso también implica el envío de una copia certificada al Registro de Deudores Alimentarios en Mora (ReDAM) de la provincia, asegurando que esta situación quede debidamente registrada para futuras referencias y seguimientos.