El Juzgado Laboral N°3 resolvió preservar el “Día del Trabajador Estatal” mientras se define la constitucionalidad del decreto.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 dictó este jueves 26 de junio la suspensión provisoria del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 430/2025, que había eliminado el feriado del 27 de junio para los trabajadores estatales. La medida cautelar respondió al amparo presentado por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), que defendió el “Día del Trabajador Estatal”, garantizado desde 2013 por la Ley 26.876.
La jueza Moira Fullana analizó el planteo y consideró que la eliminación del asueto podía causar un “perjuicio irreparable”, especialmente por la inmediatez del decreto, publicado el miércoles y con impacto desde el jueves. En su fallo, reconoció la competencia de la justicia laboral, validó la acción de amparo y ordenó que el feriado se mantenga para los estatales representados por ATE hasta que se resuelva el fondo del caso. Además, diferenció la cuestión de costas y honorarios para una instancia posterior.
