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El gobierno promulgó la ley 10.775 que prohíbe la venta de combustible a vehículos sin patente y a conductores sin casco. Las estaciones de servicio deben poner carteles con la prohibición y serán controladas por el Ministerio de Trabajo. Las multas y clausuras por incumplimiento financiarán políticas de seguridad vial en La Rioja.

Por medio del decreto N° 912, el gobierno promulgó la ley 10.775 que prohíbe la venta de combustible a autos y motos que no tengan patente y a quienes no usen casco. Las estaciones de servicio deberán poner carteles que indiquen la prohibición y el Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria, a través de la Subsecretaría de Comercio Interior y Defensa al Consumidor, controlará el cumplimiento de la ley.

Las sanciones incluyen multas y clausuras para las estaciones que no cumplan. El dinero recaudado por las multas se usará para financiar políticas de seguridad vial en toda la provincia de La Rioja.