El Decreto 1024/2024 autoriza que los medicamentos de venta libre se exhiban en góndolas de farmacias. Además, establece regulaciones específicas para su venta fuera de estos establecimientos, limitando su comercialización a antiácidos y analgésicos.
El Gobierno nacional, a través del Decreto 1024/2024, implementó nuevas regulaciones para la venta y exhibición de medicamentos de venta libre. Según lo dispuesto, estos podrán exhibirse en góndolas de farmacias habilitadas, siempre que conserven sus propiedades fisicoquímicas y sean accesibles directamente al público sin intermediarios.
El decreto, firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Salud Mario Lugones y el jefe de Gabinete Guillermo Francos, modifica reglamentaciones previas de la Ley N° 17.565, adaptándolas a las nuevas disposiciones. Los medicamentos deberán estar en caja cerrada, acompañados por un prospecto y solo podrán ser adquiridos por mayores de 18 años. Para asegurar este requisito, los compradores deberán presentar su Documento Nacional de Identidad al momento del pago.
En cuanto a la comercialización fuera de farmacias, la medida limita la venta a antiácidos y analgésicos. Estos medicamentos estarán disponibles únicamente en establecimientos autorizados y bajo estrictas condiciones que incluyen góndolas señalizadas y la conservación adecuada de los productos. Además, se faculta a la Autoridad de Aplicación a ampliar el listado de medicamentos que podrían venderse en este tipo de locales.